El Proyecto de instrumento internacional vinculante sobre empresas y derechos humanos: ¿fin del paradigma de la voluntariedad?

Resumen

El proceso de elaboración del Proyecto de referencia desarrollado en Naciones Unidas ha dado lugar a seis periodos de sesiones de negociación 2015 a 2020 durante las que se han elaborado tres sucesivos borradores del Proyecto (2018, 2019 y 2020), y es un proceso que sigue abierto pendiente de nuevas reuniones (2021) a la espera un resultado final que, por ahora, es incierto. Se comentan los principales aspectos del Proyecto debatidos en cada uno de dichos periodos de negociaciones y valora el contenido de cada uno de los tres borradores del mismo. El estudio concluye con la presentación y glosa del estado actual del debate, haciendo mención especial de las siguientes cuestiones del Proyecto: de su ámbito subjetivo y objetivo, de las obligaciones de los estados y de las empresas transnacionales y otras empresas implicadas; del acceso a la justicia de las víctimas; del alcance de la jurisdicción para conocer de los incumplimientos y la reparación de daños. La primordial novedad del Proyecto es su condición de vinculante; de aprobarse en los términos previstos, representaría el fin del paradigma de la voluntariedad imperante hasta ahora en la ordenación internacional de los derechos humanos en el ámbito de las multinacionales.

 

The process of preparing the Reference Project developed at the United Nations has resulted in six negotiating sessions 2015 to 2020 during which three successive drafts of the Project have been prepared (2018, 2019 and 2020), and is a process that remains open pending further meetings (2021) pending a final result that, for now, is uncertain. It discusses the main aspects of the Project discussed in each of the previous periods of negotiations and assesses the content of each of the three drafts of the Project. The study concludes with the presentation and gloss of the current state of the debate, making special mention of the following issues of the Project: its subjective and objective scope, the obligations of states and transnational corporations and other companies involved; the access to justice for victims; the scope of jurisdiction to deal with breaches and reparation for damages. The first novelty of the project is its condition of binding; if it is approved in the terms envisaged, it would represent the end of the paradigm of voluntariness prevailing until now in the international organization of human rights in the field of multinationals.

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