Convenio sobre el personal de enfermería, 1977 (núm. 149)

Resumen

El Convenio OIT n. 149, pese a ser una norma de mínimos, plantea como objetivo principal la mejora de las condiciones laborales del personal de enfermería, integrado mayoritariamente por mujeres. La progresiva pérdida de calidad de vida laboral, ya detectada en los años 70, llevó a la OIT a elaborar una norma específica que apostara por la toma en consideración de los auténticos problemas que identifican de modo específico el ejercicio de esta profesión. Sin embargo, son muchos los estados que han decidido no ratificar el Convenio, movidos, más que por su propio contenido, por las reglas de interpretación y aplicación contenidas en la Recomendación n. 157, que no vincula a los estados pero que actúa a modo de orientación sobre cómo deberían éstos comportarse respecto a la regulación de las condiciones profesionales de este colectivo de trabajadores. Las consecuencias de la pérdida progresiva de protección en la forma de realizar su actividad están derivando hacia extremos preocupantes, sobre todo en países de África o América Latina: no es tanto la vulneración de derechos económicos o sociales o la falta de una cobertura para el futuro, sino cuestiones actuales que pasan por una insuficiente protección frente a riesgos a los que de manera cotidiana quedan expuestos en el ejercicio de sus funciones. Tal realidad está generando un problema a todas luces no deseado, como es el abandono de la profesión y la búsqueda de otras expectativas laborales de carácter alternativo pero que, al menos, aseguren unas mínimas reglas de seguridad en su trabajo.

ILO Convention No. 149, despite being a minimum standard, seeks as its main objective the improvement of working conditions for nursing personnel, made up mostly of women. The progressive loss of quality of working life, already detected in the 1970s, led the ILO to develop a specific standard that would bet on taking into account the real problems that specifically identify the exercise of this job. However, many states have decided not to ratify the Convention, due, rather than its own content, to the rules of interpretation and application contained in the Recommendation No. 157, which does not bind states but implies guidance on how they should act in regulating the professional conditions of this group of workers. The consequences of this progressive loss of protection in the way it operates is leading to dangerous extremes, especially in African or Latin American countries: it´s not so much the loss of economic or social rights or the lack of coverage for the future, but issues that are identified with insufficient protection against risks to which, on a daily basis, they are exposed in the exercise of their duties. This is creating a really unwanted problem, such as quitting work, finding other alternative job expectations, but which at least ensure minimum levels of safety in their work.

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