Resumen
La proliferación de nuevas formas de trabajo a través de plataformas digitales online prestadas mayoritariamente por trabajadores autónomos sin asalariados a su cargo está desembocando en una precarización de sus condiciones de trabajo, consecuencia, en gran medida, de los obstáculos normativos que impiden una negociación colectiva de sus condiciones de trabajo equivalente a la que disponen los trabajadores asalariados. Esta situación trata de ser corregida por la Comisión Europea a través de unas Directrices con las que pretende favorecer la inclusión en el ámbito de los convenios colectivos de aquellos trabajadores autónomos no empleadores que se encuentren en una situación de vulnerabilidad. El presente trabajo analizará bajo qué parámetros se admitirá una negociación colectiva de los trabajadores autónomos sin quedar sometidos a la normativa antitrust y quiénes son los sujetos que podrán defender mejor sus intereses como parte negociadora, teniendo en cuenta la tradicional tensión que, en el ámbito de trabajo autónomo, existe entre la tutela individual y la colectiva.
The proliferation of new forms of work through on-line digital platforms provided mainly by self-employed workers without employees is leading to a precariousness of their working conditions, a consequence, mostly, of the regulatory obstacles that prevent collective bargaining of their working conditions equivalent to those available to salaried workers. This situation is intended to be corrected by the European Commission through Guidelines with which it aims to promote the inclusion in the scope of collective agreements of those self-employed non-employer workers who are in a vulnerable situation. This work will analyse under what parameters collective bargaining of self-employed workers will be allowed without being subject to antitrust regulations and who are the subjects who will be able to best defend their interests as a negotiating party, considering the traditional tension that, within self-employed workers, exists between individual and collective guardianship.