Resumen
Escribimos estas páginas con el propósito de rescatar la teorización del jurista alemán Hugo Sinzheimer sobre la posición que ocupa la dignidad humana en la configuración del Derecho del Trabajo. Observaremos que este autor acoge una concepción de la dignidad humana muy concreta, la cual se fundamentaría en la capacidad de autodeterminación moral del hombre, y, a partir de ella, afirma la radical incompatibilidad de este valor con la nota de dependencia que se da en las relaciones laborales asalariadas. El Derecho del Trabajo, en la medida que asume ese vínculo de dependencia personal y lo institucionaliza, resultará según Sinzheimer insuficiente para garantizar la dignidad del ser humano. Justificaremos cómo, para dicho autor, el respeto pleno de este valor filosófico exige el surgimiento de una nueva disciplina jurídica, el Derecho económico, llamado a garantizar la coparticipación de los trabajadores en la orientación del proceso productivo.
We write these pages with the purpose of rescuing the theorization of the German jurist Hugo Sinzheimer on the position that human dignity occupies in the configuration of Labor Law. We will observe that this Author accepts a very specific conception of human dignity, which would be based on man’s capacity for moral self-determination, and, based on it, he affirms the radical incompatibility of this value with the note of dependency that occurs in salaried labour relations. Labour Law, to the extent that it assumes this bond of personal dependency and institutionalizes it, according to Sinzheimer it will be insufficient to guarantee the dignity of the human being. We will justify how, for this Author, the full respect of this philosophical value requires the emergence of a new legal discipline, economic law, called to guarantee the co-participation of workers in the orientation of the productive process.