Resumen
Los Acuerdos de Solución de Conflictos Extrajudiciales, desarrollados en la Comunidades Autónomas, se consideran una herramienta adecuada para la regulación de los procedimientos autónomos de solución de conflictos de los TRADE. A pesar de ello, son pocas las Comunidades Autónomas que extienden el ámbito de aplicación de estos Acuerdos a los TRADE. Desde luego, por parte de los agentes sociales, ha existido un especial interés en fomentar la regulación de los sistemas extrajudiciales de solución de conflictos. Este acierto o desacierto en la apuesta debe venir acompañado de un impulso constante para que realmente se afiancen unos procedimientos esenciales en la relaciones entre TRADE y cliente que proteja a aquél ante la desigual posición que ocupa con respecto a éste.
Mediation, conciliation and arbitration are considered to be adequate tools to regulate the autonomous proceedings for resolving TRADE conflicts. Despite this, there are few Autonomous Communities that extend the use of Agreements for the Extrajudicial Resolution of Conflicts to TRADE. However, it is true that there has been a special interest in promoting the regulation of systems for extrajudicial resolution of conflicts on the part of social agents. The success or failure in this attempt should be accompanied by a constant impulse to really strengthen some essential procedures in the relationship between TRADE and client. In this way, a client, who occupies an unequal position with respect to TRADE, will be protected.