Abstract
La cuestión se centra es si podemos considerar accidente de trabajo in itinere cuando existe una dilación entre el tiempo de salida del trabajo por desviación del trayecto y el de llegada al domicilio de trabajador. La conclusión a que llega esta sentencia es que no debe excluirse de la calificación de accidente de trabajo en este supuesto al no haberse quebrado el elemento cronológico. De esta forma se produce una continuación en la línea ampliatoria en la interpretación del concepto de accidente de trabajo in itinere ya iniciada de en la Sentencia de Tribunal Supremo de 26 de diciembre de 2013.
The question is whether we can consider work accident in itinere when there is a delay between the time of departure of the work by deviation of the journey and the time of arrival at the home of the worker. The conclusion reached by this judgment is that it should not be excluded from the classification of work accident in the present case since the chronological principle was not broken.