Resumen
La incorporación de las nuevas tecnologías, sobre todo las digitales, en la industria en particular y, en general, en todos los procesos productivos y prestaciones de servicios, ha supuesto una transformación profunda en la relación de trabajo asalariado. Con ello, la obligación empresarial de proporcionar formación a los trabajadores, probablemente, no pueda ya limitarse a facilitar los conocimientos técnicos y capacidades profesionales para la realización de la actividad productiva, sino que tenga que ampliarse a las técnicas de la información y comunicación (TIC), aunque estas puedan en principio ser ajenas a las tareas de la prestación laboral, debido a que su transversalidad y utilización generalizada las convierten en imprescindibles. En el texto se realiza un acercamiento al derecho a la formación laboral de los trabajadores, con objeto de verificar si esta ampliación tiene cabida actualmente en el ordenamiento jurídico español.
The incorporation of new technologies, especially digital technologies, in the industry, in particular, and in all production processes and services, in general, has meant a transformation, among others, in the working relationship. This means that the company's obligation to provide training for workers may no longer be limited to providing technical knowledge and professional skills for carrying out the productive activity, but must be extended to information and communication technologies (ICT), although these may, in principle, be outside the scope of work, since their mainstreaming and widespread use make them essential. It offers a description of the right to training, in its twofold dimension, in the Spanish legal system, in order to propose its tulle in adapting the skills of workers to technological innovations.