Abstract
Mayoritariamente y a todos los niveles es aceptado que las trabajadoras domésticas acusan una importante desprotección social y, lo que es más alarmante, que tal desprotección procede, en la casi totalidad de las ocasiones, de la inacción o inadecuada acción del legislador. Entre sus expresiones, está la falta de cobertura de la contingencia por desempleo, la que contraviene el Convenio OIT C189, las propuestas comunitarias y, por supuesto, nuestra Constitución, no sólo, pero principalmente, por encerrar una discriminación indirecta, que está en la base argumentativa de la reciente cuestión prejudicial interpuesta ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. A ésta y a las restantes quiebras y ausencias se va a prestar atención en estas páginas, con la intención de poner de manifiesto la imperiosa necesidad de que los poderes públicos competentes concedan a estas trabajadoras una existencia digna a lo largo de su vida.
In the majority and at all levels, it is accepted that domestic workers show a significant social lack of protection; and what is more alarming, that such lack of protection comes, in almost all cases, of the inaction or inappropriate action of the legislator. Between their expressions, there is the lack of coverage of the contingency of unemployment, which contravenes ILO Convention C189, the community proposals and, of course, our Constitution, not only, but mainly, for enclosing an indirect discrimination, which is the argumentative basis of the recent preliminary ruling question submitted to the Court of Justice of the European Union. This and the other bankruptcies and absences will be addressed in these pages, with the intention of highlighting the urgent need for the competent public authorities to grant these workers a dignified existence throughout their lives.